Todo Sobre los Alimentos de Hijos a Padres – 11 Tips Legales

Conoce en el presente artículo en qué consisten los alimentos de hijos a padres, si se puede o no demandar al hijo, qué hacer en caso de estar demandado, qué cubre la cuota de alimentos, cuáles requisitos debe cumplir el padre, qué sucede cuando el padre no respondió nunca por su hijo, si todos los hermanos deben o no responder por igual, cómo se calcula la cuota, cuáles son sus multas y sanciones, en qué casos es recomendable contratar a un abogado y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy valiosas.

 En resumidas palabras encuentra las respuestas a las preguntas que se hacen las personas que atraviesan la misma situación. 

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¿En qué consisten los alimentos de hijos a padres?

Es aquel derecho que le otorga la ley a los padres adultos mayores o en condiciones difíciles de salud, en donde, el padre no cuente con los recursos para poder mantenerse por sí mismo. Este tipo de  situaciones se compara con la condición de los alimentos de los padres para con los hijos,  y se evidencia que son situaciones diferentes pero a la vez similares, donde lo que se busca es el bienestar, la dignidad y unas buenas condiciones de vida de una persona que no puede sostenerse por sí misma. 

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¿Puede demandar un padre a su hijo por alimentos?

Un padre si puede demandar a un hijo exigiéndole que debe cumplir con los alimentos que la ley le permite y le exige cumplir, cuando el padre se encuentre en condiciones como con estado de demencia, envejecimiento o de pobreza; para esto se debe tener en cuenta, que el hijo tenga con que responder, es decir que económicamente cuente con los recursos pertinentes y necesarios para hacerlo.

La ley que apoya o exige este tipo de situaciones es el Código Civil en su artículo 411, donde indica que quienes son los titulares del derecho de alimento, descendientes y ascendientes es decir los hijos y los padres. Estos alimentos pueden ser exigidos cuando el padre se encuentre en situación de extrema pobreza, o sufra de alguna enfermedad terminal la cual no le permita realizar sus actividades laborales para poder mantenerse económicamente.

¿Qué hacer en caso de estar demandado?

Cuando se demanda por alimentos a un hijo, este debe contratar la ayuda y asesoría de un abogado para que le indique que debe realizar y cuál es el procedimiento a seguir; aunque en este tipo de casos primero se adelantan ante un defensor de familia el cual antes de todo debe iniciar una audiencia de conciliación, donde las partes entren a hablar y a tratar de llegar a acuerdos donde ambos se vean beneficiados; en caso de que no se llegue a ningún acuerdo y no se pueda adelantar la audiencia de conciliación, se enviará este proceso ante un juez de familia del domicilio del demandado, donde el hijo podrá aportar las pruebas sobre cuál es su salario y el juez en una sola audiencia determinará cuál será el valor por el cual colocará la cuota de alimentos.

¿Qué cubre la cuota de alimentos?

Esta mesada cubrirá los gastos necesarios que puedan ser suplidos, porque es de recalcar que el hijo también cuenta con gastos y en muchas ocasiones puede tener una familia a la cual sostener; esta cuota puede sostener algunos gastos como el pago del arriendo o la alimentación, pero es muy difícil que cubra en su totalidad estas necesidades.

¿Cuáles requisitos debe cumplir el padre?

El padre debe acreditar su estado de pobreza o necesidad, es decir, que no tiene como mantenerse y que a causa de su edad o enfermedad no puede trabajar; también debe acreditar el estado de filiación entre ambos, por medio de registro civil de nacimiento de su hijo, en este se estipula el reconocimiento del padre hacia el hijo al momento en que este nació, se demuestre la capacidad económica del hijo para poder responder por su padre.

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¿Qué sucede cuando el padre no respondió por su hijo, tiene derecho a la cuota alimentaria?

Cuando el padre en la época en que su hijo estaba pequeño y lo necesitaba, no cumplió como padre ni afectiva, ni económicamente, y después de tanto tiempo, viene exigiendo una cuota alimentaria al hijo que nunca le dio nada, es algo que pone a pensar a muchas personas, y hasta a llegar a conclusiones de que este no tiene por qué exigir esta cuota;  pero la corte hace el pronunciamiento acerca de este problema, e indica que no interesa si el padre cumplió o no con su función como padre, y que simplemente existe una filiación entre aquellos, y el hijo tiene unos deberes que debe cumplir y entre estos es darle una cuota alimentaria a su padre;  a menos de que exista una sentencia debidamente ejecutoriada, en la cual al padre por alguno motivo o circunstancia se le haya privado de la patria potestad de su hijo.  En este caso si podría alegar esta situación y hasta poder exonerarse de esta.

¿Deben todos los hermanos responder por igual?

Todos los hijos del demandante, siempre y cuando este los acredite, deben responder por igual, en una cuota mensual que pueda servir para cumplir o suplir con algunos de los tantos gastos que tenga el padre, y que puedan ser demostrados; en la mayoría de casos, cuando son varios hijos, siempre el que termina respondiendo por el padre es uno de los hijos; en este tipo de casos se podrán demandar por inasistencia alimentaria a los demás hijos, los cuales ya habían sido vinculados a un proceso de fijación de la cuota alimentaria de su padre, pero que ni con esto cumplieron. Este proceso de inasistencia alimentaria, ya se adelantará ante un juez penal, el cual deberá después de varias audiencias emitir una sentencia para que estos deban pagar las cuotas alimentarias a su padre.

¿Cómo se calcula la cuota de alimentación al padre?

La cuota alimentaria del hijo hacia su padre  debe ser calculada teniendo en cuenta:

  • El sustento mensual del padre.
  • Alimentación.
  • Vivienda.
  • Vestido.
  • Medicamentos.

Otras cosas que se deben tener en cuenta ya más inclinado a los hijos es lo siguiente:

  • Cuáles son los ingresos mensuales del hijo
  • Cuales obligaciones tiene (hijos, gastos personales, deudas, etc.)

Para poder calcular este tipo de cuotas es más complicado de lo que parece, debido a que casi siempre los hijos solo cuentan con un salario mínimo,    el cual  no alcanza ni a poder suplir las obligaciones propias como para poder responder o tener una cuota alimentaria;   menos complicado sería si todos los hijos respondieran y cumplieran con la cuota, para que a cada uno le quede más reducida y que todos puedan cumplirla.                                                 

¿Cuáles son sus multas y sanciones?

Cuando los hijos dejan de pagar las cuotas alimentarias que interpuso un juez de familia para el sustento del padre, entonces se podrá interponer una denuncia por inasistencia alimentaria, la cual ya es parte del derecho penal y en donde se debe demostrar que no se cumplió con lo establecido, pagar mes a mes la cuota alimentaria al padre.

Este delito se encuentra establecido en el código penal y tiene como pena de prisión 16 a 54 meses y multa de 13.33 a 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿En qué casos es recomendable contratar a un abogado?

Aquella persona que se vea involucrada en estos casos, debe siempre asesorarse de un abogado el cual le indique cual será el procedimiento a seguir, que documentación, etc. Y en caso de ser el hijo como lograr acreditar el sustento que se tiene o los ingresos que mensualmente recibe para que de esta forma se pueda decidir sobre que monto de cuota alimentaria se le irá a interponer.

El demandante también debe acudir a un abogado el cual podrá ayudarlo a realizar la demanda en contra de sus hijos para que estos respondan por la cuota alimentaria y este demuestre que en realidad no tiene como sostenerse económicamente.

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Conclusiones y recomendaciones finales

Este tipo de procesos han tenido gran acogida últimamente, debido a que cada vez más el legislador amplia los derechos alimentarios de los ascendientes (padres) por parte de sus descendientes (hijos); normalmente siempre el que pide alimento es el hijo, pero han sucedido grandes cambios y descuidos de partes de los hijos hacia los padres, en que el legislador tuvo que actuar y hacer más fuerte estas leyes; es muy triste ver que en muchas ocasiones aquellos buenos padres después de dar la vida por sus hijos resulten viviendo su vejez enfermos, en condiciones precarias de salud y sin hogar o alimento, mientras los hijos por los que tanto lucharon viven bien y nunca se toman la delicadeza de poder ayudar a sus padres. Así el padre no haya respondido por el hijo cuándo era menor, la corte hace un pronunciamiento e indica que esto no es causal que lo exonere de cumplir con la cuota alimentaria hacia el padre.

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Consultas Contestadas vía WhatsApp (Ve hasta el final para hacer la tuya) (4)

  • Hola mi padre tiene 80 años es pensionado y tiene un apartamento, y nos demandó por alimentos a mí y tres hermanas más porque según él no tiene para comer, tiene su esposa y un negocio qué puedo hacer ahí gracias

  • Quisiera saber cuánto tiene que dar el padre en cuotas alimentaria de los niños

  • Si el padre es pensionado puedo pedir cuota alimentaria o debo de ver por ellos económicamente o vivir con ellos que se hace en este caso

  • ¿Hay alguna manera de renunciar a mis deberes de hija? Puesto que mi padre en este instante tiene una demanda de alimentos ya que no respondió por mí adecuadamente, pero me da temor que en un futuro me demande a mí, situación que no considero para nada justa.

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