Muerte Presunta en Colombia – 9 Tips Legales

¿No aparece tu cónyuge, mamá o papá? O ¿Desapareciste por mucho tiempo y legalmente estás como difunto? Entraste al artículo indicado descubre, en qué consiste la muerte presunta, cuáles son los requisitos para declararla, cuáles son los efectos de esta declaración, cuáles son los casos de la misma, qué pasaría en el caso que el muerto apareciera. Asimismo, encuentra a partir de cuál momento se puede declarar, cuál es su jurisprudencia, si es o no recomendable contratar a un abogado y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy valiosas sobre el tema.

 En resumidas palabras conoce las respuestas a las preguntas que se hacen las personas que atraviesan la misma situación. 

Si tienes dudas sobre el tema, te invitamos a que nos dejes un comentario y con gusto nuestro equipo te ayudará. De otro lado, si eres abogado y quieres prestar tus servicios en la plataforma legal líder en Colombia, te dejamos el link.

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¿En qué consiste la muerte presunta?

La muerte presunta se presenta cuando una persona ha desaparecido y transcurre un tiempo muy largo y no aparece, la ley dice que puede declararse la muerte presunta de aquella persona; este tipo de muerte tiene los mismos efectos de un normal referente al tema de sucesiones y de extinción de obligaciones, lo que la diferencia a una muerte natural, es que aquí no se tendrá la oportunidad de poder realizarse un entierro como tal.  

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¿Cuáles son los requisitos para declarar una muerte presunta?

Como lo dispone el código Civil,  los requisitos de la muerte presunta son:     

  • Debió ser declarada por una juez del último domicilio, donde vivió la persona desaparecida; donde se indica que no se sabe nada de aquella persona   y ya ha pasado un tiempo de 2 años desde la última vez que se vio o se tuvo conocimiento sobre aquella.                                                                              
  • Debe haberse citado al desaparecido, en los términos que exige la ley, antes de hacer la declaratoria, esto se hará en un periódico de alta circulación del domingo o ante una emisora popular de gran sintonía.
  • La sentencias que dicta el juez debe ser publicada en el periódico oficial.                               
  • Referente a poder establecer la fecha de la muerte, el juez declarará que es el último día de los dos primeros años desde que desaparición.
  • Si una persona se encontró en peligro inminente de morir (una herida en guerra o un naufragio) y no hay noticia de ella 4 años después de este, el juez presume que el día de la muerte es el mismo que en el que se presentó el peligro.

¿Cuáles son los efectos de la declaración de muerte presunta?

Los efectos que pueden presentarse con la declaratoria de la muerte presunta, son los mismos que se presentan con la muerte natural; como lo son que se extinguen algunas de las obligaciones que pueda tener el causante; cuando se haya dictado sentencia donde se declare aquella muerte presunta, los hijos o herederos podrán iniciar el proceso de sucesión sobre los bienes que haya dejado la persona; en el caso del compañero permanente, o del esposo o esposa, debe realizar la liquidación de la sociedad conyugal, para determinar cuáles eran los bienes comunes entre ambos, y después de realizarse esto, se levantará la sucesión para los herederos legítimos, y si existieron deudas que no se extinguieron con la muerte, deberán pasarse como pasivos y de la misma sucesión deberán ser cancelado.

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¿Cuáles son los casos de muerte presunta?

Los casos en que puede declararse ante un juez la muerte presunta pueden ser cuando aquella persona ha desaparecido por más de 2 años, se desconoce el paradero total de aquella; como ejemplo de estas, puede ser los militares y policías que han desaparecido, ya sea por secuestro o porque han sido asesinados en combate, pero lastimosamente nunca se pudo conocer que sucedió con aquel.

¿Qué pasaría si el muerto aparece?

Primero se debe tener en cuenta que para que se pueda declarar la muerte presunta debieron pasar 2 años contados desde el último día en que se tuvo alguna noticia de esta persona. Para que se pueda levantar la sucesión y aparte se pueda liquidar la sociedad conyugal deben transcurrir 2 años más para que los herederos y la cónyuge puedan disponer normalmente de ellos y de esta forma que se pueda dar posesión definitiva. Cuando el muerto presunto aparece, se debe en el caso de aún no haber dispuesto de los bienes, entregarlos y que este siga disponiendo de aquellos; debido a que el sigue siendo el dueño de esos predios.         

¿A partir de cuál momento se puede declarar la muerte presunta?

La muerte presunta se puede declarar dos años después de haberse tenido noticias de la persona; es decir, a partir del último día en que se vio, se empieza a contar el tiempo y cuando ya haya transcurrido 2 años, ya se puede declarar a esta persona como muerto presunto, porque nunca se supo de aquel y aparte se le notificó en periódico de alta circulación y nunca apareció o se supo de él.

La ley le permite al juez que adelante el proceso de fijar como día presunto de la muerte del desaparecido como el último día en que se cumplan los dos años de haber desaparecido o haberse conocido noticias sobre aquel.

El juez fijará como día presuntivo de la muerte el último del primer bienio contado desde la fecha de las últimas noticias; y transcurridos dos años más desde la misma fecha, concederá la posesión provisoria de los bienes del desaparecido.

¿Cuál es la jurisprudencia de muerte presunta?

La sentencia T- 263 de 2017, versa sobre una acción de tutela para que se le reconozca la pensión de su esposo, el cual fue declarado por el juzgado promiscuo de familia de Fusagasugá, como muerto presunto, debido a que un día salió de su casa y no se volvió a saber de este.  Lo que solicita la accionante es que se le reconozca este derecho debido a que su esposo era quien respondía por ella, debido a que ella tiene una serie de enfermedades por las cuales ni puede trabajar, así lo desee.

¿Es recomendable contratar a un abogado?

Cuando se quiera poner en conocimiento de un juez la desaparición de una persona, con el fin de que declare la muerte presunta, es importante contar con el apoyo y asesoría de un abogado con especialización en civil, el cual debe poder ayudarle a poner en conocimiento de la autoridad esta situación y se pueda solicitar este tipo de solicitudes, se debe tener pruebas o testimonios que puedan determinar que es cierto la desaparición de la persona. Después de declarada la muerte presunta, el mismo abogado puede ayudarle a la persona interesada que casi siempre son los hijos o el esposo o esposa a que pueda levantarse la sucesión y antes de esto se pueda liquidar la sociedad conyugal.

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Conclusiones o recomendaciones finales

La muerte presunta es aquella que se da cuando una persona lleva más de 2 años desaparecidos, siempre y cuando se pueda probar aquella desaparición y casi siempre se realiza con el fin de poder disponer de los bienes de la persona, debido a que ha transcurrido mucho tiempo sin saber nada de aquella persona, y no se guarda la mínima esperanza de poder tener noticias positivas de aquella persona. Este tipo de procesos debe estar acompañado de la asesoría de un abogado de confianza, el cual le ayudará a adelantar el trámite y estará pendiente de la decisión que tome el juzgado.

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  • hola, mi pregunta es que si apenas se está llevando a cabo el proceso de presunción de muerte, y el presunto muerto aparece, qué pasa con el proceso, se anula automáticamente o toca solicitar ante el juzgado su desistimiento??

  • ¿Qué pasa si el muerto presunto aparece luego de que sus bienes han sido repartidos y su matrimonio ha sido disuelto, es decir, un periodo estimado a 6 años o más?
    Sus bienes aún le serían devueltos?
    llegado el caso en el que sus bienes fueron vendidos, se le devolverá el dinero de la venta?

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