Todo sobre: Reparación Directa en Colombia – 15 Tips Legales

Descubre en el presente artículo qué significa la reparación directa en Colombia, cuál es el proceso para solicitarla, quién la podría solicitar, cuáles son las causas para demandar en contra del estado, cuáles son los requisitos para ejecutar la demanda, si tiene o no caducidad, si tiene o no prescripción, si es o no obligatoria una conciliación, cuánto tarda el proceso y ante quién se presenta, si se necesita o no un abogado; si se puede o no presentar una reparación directa en un accidente de tránsito, por desplazamiento forzado, por falla en la prestación de un servicio público.

Además, conoce cuál es la jurisprudencia que regula este proceso en Colombia y, unas conclusiones y recomendaciones finales sobre el tema muy valiosas. En pocas palabras encuentra toda la información necesaria sobre el tema. 

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¿Qué significa reparación directa?

La reparación directa es responsabilidad que tiene el Estado de reparar a una persona que ha sido directamente afectada cuando el Estado por intermedio de sus funcionarios ocasiona un daño o perjuicio a una persona por medio de un acto, omisión, hecho u operación administrativa; la demanda se debe interponer ante la jurisdicción contencioso administrativa que es la que adelanta este tipo de procesos; cuando se demuestre que el Estado fue el responsable del daño debe reparar e indemnizar a la víctima.

Un claro ejemplo de ello es: En una vía pública de una “ciudad”, existe un hueco de dimensiones amplias, el cual ha sido denunciado o puesto a conocimiento ante las autoridades municipales por parte de la ciudadanía, pero no han tomado cartas en el asunto respecto a este hueco. Un día iba un ciudadano conduciendo su moto y no se percató del hueco y sufrió un accidente, el cual lo dejó en condición de discapacidad y en una silla de ruedas; es aquí donde el Estado incurrió en una omisión al no arreglar esta vía, y deberá reparar directamente a la víctima por los daños y perjuicios ocasionados por este accidente.

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¿Cuáles son las causas para demandar una reparación directa contra el estado Colombiano?

Las causas para demandar una reparación directa contra el Estado son:

  • Cuando exista una acción por parte del Estado donde se cause un perjuicio y este deba ser reparado.
  • Cuando exista una omisión, donde el Estado por la inactividad de sus obligaciones cause un daño.
  • Cuando por medio de una operación u orden mediante acto administrativo se produzca un daño.

Es decir, se podrá demandar al estado por reparación directa, cuando el Estado haya realizado una acción, omisión, operación administrativa o un hecho por medio de sus entidades estatales y se hayan afectado ya sea los intereses generales o particulares de alguien o de un grupo de personas.

¿Cuál es el proceso para solicitar una acción de reparación?

Para poder solicitar una acción de reparación se debe agotar primero el requisito de procedibilidad de conciliación extrajudicial antes de instaurar una demanda para que pueda llegarse  a un acuerdo entre las partes, de no hallarse un acuerdo, ya se podrá  interponer la demanda ante un juzgado o tribunal administrativo de la ciudad donde se encuentre y demostrar que en realidad el Estado sí debe repararlo, y porqué acción, omisión, hecho u operación el Estado cometió la infracción o vulnero sus derechos.

¿Quién puede solicitar una acción de reparación directa en Colombia?

La acción de reparación directa en Colombia puede ser solicitada por cualquier persona que demuestra que ha sido afectada por una acción, omisión, hecho, u operación realizada por el Estado, donde se vieron afectados su derechos e intereses; un ejemplo puede ser aquella persona que no es atendida en un hospital por un golpe que sufrió en su pierna y debido a esta falta de atención por parte del hospital, a la persona le genera una gangrena en su pierna  y debe ser amputada; la persona podría instaurar una demanda en contra del Estado y de la entidad por  la omisión existente. 

¿La acción de reparación directa tiene caducidad o prescripción?

La acción de reparación directa caducará en el plazo de 2 años contados a partir del hecho o la omisión que hizo que se produjera el daño. Por ejemplo cuando se tuvo el accidente producto de que la administración no arreglo las vías y como había un hueco se produjo el accidente y resultó lesionada la persona.

¿Es obligatoria una conciliación?

En la reparación directa se debe agotar el requisito de procedibilidad el cual es la conciliación extrajudicial, la cual consiste en llamar a las partes ante los procuradores judiciales que ejerzan funciones de intervención ante los jueces o tribunales administrativos donde se pueda aprobar o rechazar la conciliación; si existen varios procuradores, se someterá a reparto, donde se podrá elegir alguno de esos procuradores para que adelanten la conciliación.

¿Cuánto tarda este proceso y ante quien se presenta?

Para el proceso de Conciliación extrajudicial en materia de reparación integral, no puede determinarse un tiempo exacto de cuanto puede tardar, debido a que es muy relativo en cuanto a cómo se realice este; en muchos de los casos se puede citar a las partes ante el representante del Ministerio público y esté generar o crear fórmulas de arreglo de las cuales estén de acuerdo las partes y en ese momento realizarse la conciliación, en este caso la conciliación puede ser corta y darse por terminado el proceso.

La solicitud de conciliación puede presentarse ante la procuraduría, donde se asigne un procurador judicial o representante del ministerio público, que pueda llevar a cabo la conciliación, y genere fórmulas de arreglo para que las partes se pongan de acuerdo y se pueda cumplir con la conciliación.

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¿Cuáles son los requisitos de una demanda por reparación directa?

Los requisitos para demandar por reparación directa son:

  • Designación del funcionario a quien se dirige, es decir, ante qué juez o magistrado del tribunal de lo contencioso administrativo va dirigido, y en caso de existir varios deberá colocarse que se emite a manera de reparto, con esto se indica que cualquier juzgado o tribunal administrativo lo puede conocer.
  • Identificación y domicilio de partes y abogados; indicar donde residen tanto las partes como sus representantes legales.
  • Indicar los aspectos que se quieren conciliar y los hechos en que se fundamentan.
  • Qué anterior a esto ya se haya pasado por el requisito de procedibilidad como es la conciliación extrajudicial y que no haya existido un acuerdo entre las partes, motivos por el cual no se pudo efectuar la conciliación.
  • Se debe estimar la cuantía que se desea que sea reparada por parte del Estado, siempre y cuando se tenga como probar. 
  • La manifestación bajo la gravedad del juramento, de no haber presentado otras solicitudes de conciliación o demandas por los mismos hechos.

¿Necesito un abogado para este proceso?

Es indispensable contar con un abogado para que al primer momento de presentar la solicitud de conciliación, él sea quien pueda ayudarlo a hacerla y en caso tal de no existir una conciliación por que las partes no llegaron a acuerdos, poder presentar la demanda en la cual el abogado va a actuar como su representante legal, al cual se le asignará un poder, y podrá defender sus derechos e intereses; es de aclarar y recordar que en procesos de reparación integral siempre se debe contar con el apoyo y representación de un abogado, debido a que en estos proceso no se puede actuar en representación propia.

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¿Se puede presentar una acción de reparación directa en un accidente de tránsito?

Si, se puede presentar una demanda de reparación directa en un accidente de tránsito, siempre y cuando el Estado haya fallado ya sea por una acción, omisión, hecho u operación administrativa, lo cual fue la causal para que la persona se accidentó. Es decir, por ejemplo, cuando la administración municipal de una ciudad no cumplió con el mantenimiento o ejecución de obra de las vías de dicha ciudad; y en una de estas vías existe un hueco que muchas veces ha sido denunciado pero que nunca se ha realizado nada para repararlo o taparlo; y preciso la persona sufre un accidente de tránsito por este, aquí si debe presentarse una demanda por reparación directa por la omisión del Estado.

¿Se puede presentar una acción de reparación directa por desplazamiento forzado?

Si, se puede presentar una demanda por reparación directa por desplazamiento forzado, siempre y cuando el Estado haya omitido proteger a las personas desplazadas de las bandas organizadas o delincuencia común, y estas personas hayan sido desalojadas de sus viviendas sin razón alguna;  al Estado se le atribuye constitucionalmente la obligación de “proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares” obligación que no es cumplida cuando existe un desplazamiento forzado. 

¿Se puede presentar una acción de reparación directa por falla en la prestación de un servicio público?

Si, se puede presentar una demanda por reparación directa por falla en la prestación de un servicio público, cuando la entidad prestadora del servicio público sea del Estado, por ejemplo como E.S.E que son las Empresas Sociales del Estado, las cuales prestan servicios de salud pública, entre las cuales se encuentran algunos hospitales, los cuales deben obligatoriamente poner a disposición de los ciudadanos sus servicios; en caso de no realizarlo podrá demandarse por esta omisión o acción. 

¿Cuál es la jurisprudencia que regula este proceso en Colombia?

La jurisprudencia que regula y aborda el tema de la reparación integral en Colombia es la Sentencia C- 644/11, en la cual se habla sobre la responsabilidad que tiene el Estado sobre aquellas acciones u omisiones que realiza y por medio de las cuales se vulneran o violan derechos que los ciudadanos los cuales deben ser reparados directamente; para que se pueda efectuar dicha reparación se debe tener en cuenta que en realidad sí está la existencia de un daño por parte del Estado, que la acción y omisión ocurrida sí haya sido propia de una entidad que pertenezca al Estado y que exista una relación entre el daño y la entidad que lo cometió, es decir que si exista un coherencia entre estas. Cumplidos estos requisitos si se podrá configurar y solicitar la reparación directa, por parte de la persona interesada.

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Conclusiones y recomendaciones finales

La finalidad de la reparación directa es poder ser indemnizado por los daños y perjuicios, en los cuales incurrió el Estado por medio de sus acciones, omisiones, hechos u operaciones administrativas, en cabeza de sus entidades estatales, y donde se vio afectada una persona, ya sea física, mental o moralmente.

Esta acción puede ser presentada ante un juez o tribunal administrativo, el cual deberá actuar en derecho y poder emitir sentencia para aceptar o rechazar la demanda; es de recordar que antes de efectuarse la demanda se debe agotar el requisito de procedibilidad como es la conciliación extrajudicial que se realiza ante un procurador o representante del Ministerio público, con el fin de llegar a un acuerdo con la contraparte. En estos procesos es muy importante contar con el apoyo y representación de un abogado, al cual se le otorgara un poder y el abogado podrá estar pendiente de cómo va el proceso y poderlo representar ya sea ante un juzgado o tribunal administrativo cuando se adelanten las respectivas audiencias.

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  • Hola buenas es que quiero hablar con un abogado sobre una demanda de reparación directa

  • DOCTOR, BUENAS NOCHE, SOY INVESTIGADOR DE LA FGN, CON 28 AÑOS DE SERVICIO, DESDE HACE UNOS 10 AÑOS PADEZCO ENFERMEDAD LABORAL- EPRESION Y ANSIEDAD MIXTA, EN EL 2017 FUI DENUNCIADO POR UNA FISCAL DE MEDELLIN, CUYA DENUNCIA fue precluida por ser UNA CONDUCTA PENAL atípica. mi pregunta es puedo demandar a la FGN por reparación directa. GRACIAS QUE DIOS ME LO BENDIGA

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