Dudas frecuentes Acción de Repetición en Colombia

Descubre qué es la acción de repetición en Colombia, cuáles son los requisitos según CPACA (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), cómo es el trámite, qué hacer si tengo una en mi contra, qué sucede si no se realiza, cuál es la prescripción, si es o no procedente esta acción contra particulares, cuál ley la regula, si es o no recomendable contratar a un abogado y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy útiles sobre el tema.

 En cortas palabras conoce los datos más necesarios a la hora de realizar o contestar esta acción. 

Si tienes dudas sobre el tema, te invitamos a que nos dejes un comentario y con gusto nuestro equipo te ayudará. De otro lado, si eres abogado y quieres prestar tus servicios en la plataforma legal líder en Colombia, te dejamos el link.

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¿Qué es la acción de repetición en Colombia?

Es una acción que el estado realiza o ejerce en contra de  un servidor público en ejercicio, o  ex servidor público, es decir que ya no se encuentra ejerciendo sus funciones,  por encontrarse responsable de haber cometido un hecho contra un particular, causándole algún daño bien sea por acción (hacer) u omisión (no hacer) y debido a esto  le cause una obligación o una condena al estado.

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¿Cuáles son los requisitos de la acción de repetición según CPACA?

  1. Debe existir una entidad pública, que haya sido condenada a indemnizar los daños, que se le hayan causado a un particular.
  2. Dicha entidad debe haber pagado a la víctima, la suma que haya salido en la sentencia condenatoria.
  3. La condena que salga debe haberse causado debido a la conducta dolosa o gravemente culposa por parte del servidor público

Requisitos de procedibilidad de la acción de reparación directa

  1. Antes de presentar la demanda lo que se debe hacer es;  conciliar extrajudicialmente; es decir por fuera de un juzgado, para que las partes lleguen a un acuerdo y busquen la solución más conveniente.
  2. En caso de no arreglar el conflicto ni encontrar una solución a este, se deberá presentar una demanda ante un juzgado o tribunal administrativo de la ciudad donde estén las partes.
  3. Así mismo se deberá demostrar que el estado tiene que indemnizar a la víctima, por hecho que realizó el servidor público.

¿Cómo es el trámite?

El comité de conciliación de la entidad pública, estudiará el caso y determinará si procede o no la acción de repetición. Para que esto se dé, el ordenador del gasto de la entidad  debe enviar al comité de conciliación el acto administrativo donde se muestra el caso en concreto y donde se emitió la condena al estado de pagar los daños, para que en un plazo de máximo 3 meses se determine si se inicia o no el proceso de acción de repetición. Los apoderados que estén encargados de iniciar el proceso tendrán un tiempo máximo de 3 meses para interponer la demanda.

¿Qué hacer si hay una acción de repetición en mi contra?

Lo primero que se debe hacer es, asegurarse que usted si incurrió en el hecho objeto de la acción de repetición, para esto debe asegurarse que es o fue servidor público y que en calidad de sus funciones es decir ejerciendo sus labores como servidor público fue que cometió el hecho, si es así, deberá como primera medida conciliar, buscando las mejores soluciones para arreglar el conflicto y no vulnerar los derechos de la víctima, si no se logra conciliar el proceso pasará a manos de un juez y se tramitará común y corriente, si usted no es responsable del hecho, así mismo deberá probarlo debidamente, para que se archive el proceso y usted quede totalmente exonerado de responsabilidad.

Es importante contar con  la compañía de una abogado para que al momento de conciliar lo acompañe y lo guie en todo el proceso,  si no se concilia, éste (el abogado) será su representante legal al cual se le otorgará un poder y a su vez será quien represente sus derechos e intereses.

¿Qué sucede si no se realiza la acción de repetición?

Si la entidad no presenta la acción de repetición, lo podrá hacer; el ministerio público, el ministerio de justicia y del derecho a través de la Dirección de Defensa Judicial de la Nación, cualquier persona.

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¿Cuál es la prescripción de la acción de repetición?

El término de Prescripción de la acción de repetición, será de 2 años contados a partir del día siguiente  al de la fecha que se dio el pago total realizado por la entidad pública. Es decir, si después de los 2 años no se resuelve la acción de repetición se extingue, es decir se termina.

El término para hacer la acción de repetición  no puede superar los 6 meses después del pago total realizado por la entidad pública.

¿Es procedente esta acción contra particulares?

Si, pues el estado también, está presto a ser vulnerable de daños por parte de un particular, ya sea por la acción (hacer) u omisión (no hacer) de éste.

Como por ejemplo  en una obra pública, donde el estado suscribe un contrato con un contratista (particular) para realizar una obra pública, y éste debe colocar toda la señalización correspondiente pero no lo hace, y ocurre un accidente con un peatón, debido a esto se demanda al estado. El estado indemniza a la víctima pero éste a su vez  inicia la acción de repetición contra este particular, ya que fue con culpa grave y no previó lo que podría suceder y el particular deberá responder ante el estado.

SETENCIA: 2013-00155 DE 15 DE DICIEMBRE DE 2017

¿Cuál ley regula la acción de repetición?

LEY 678/2011,  donde se regula la acción de repetición, como una acción que ejerce el estado contra un servidor público y también un particular por ocasionar un daño a una persona, y que el estado se ve obligado a pagar los daños por culpa de este servidor público, su termino de prescripción es de 2 años, y la puede iniciar la misma entidad pública, el misterio público, o cualquier persona, es un trámite que requiere de una conciliación previa al proceso judicial, el juez competente será el contencioso administrativo, y el servidor público siempre responderá por actuar con culpa grave  o dolo.

¿Es recomendable contratar a un abogado?

 Es necesario contar con la presencia de un abogado, para recibir todo el apoyo y el acompañamiento legal de este, tanto para el demandado como para el demandante, pues el abogado será el representante legal y será quien defiende los intereses de las partes.

Es importante una asesoría legal para que al momento de iniciar el proceso se sepa cómo actuar y  que podría suceder, tanto lo bueno como lo malo, es indispensable contar con una  buena asesoría para estar preparados para cualquier situación que pueda suceder.

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Conclusiones y recomendaciones finales

La finalidad de la acción de repetición es proteger el patrimonio del estado, esta acción busca que se le devuelvan los dineros que por culpa del servidor público por acción (hacer) u omisión (no hacer) tuvieron que ser pagados a la víctima por parte del estado.

Esta acción es conciliable, y también se presenta por la vía judicial, el juez debe actuar en derecho, para adelantar estas diligencias es importante contar con la presencia de un abogado, el cual se le otorgará un poder y este actuará como su representante legal, velando siempre y en todo momento por sus intereses y asesorándolo siempre para ayudarle en todos los trámites legales, buscando siempre su bienestar y procurando buscar la justicia siempre y en todo momento.

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