7 Tips Legales – Inventario Solemne de Bienes en Colombia

Descubre en el presente artículo cuándo se debe realizar un inventario solemne de bienes, cuál es el trámite, cuánto tarda y cuesta, qué pasa si no se hace, qué pasaría si los hijos no tienen bienes a su nombre. Además, conoce qué hacer si uno de los padres no está de acuerdo, cuál es la función del curador, si es o no recomendable contratar a un abogado y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy valiosas sobre el tema.

 En pocas palabras encuentra toda la información necesaria a la hora de casarse por segunda vez y contar con bienes a nombre de los hijos.  

Si tienes duda sobre el tema, te invitamos a que nos dejes un comentario y con gusto nuestro equipo te ayudará. De otro lado, si eres abogado y quieres prestar tus servicios en la plataforma legal líder en Colombia, te dejamos el link.

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¿Cuándo se debe realizar un inventario solemne de bienes?

Es una exigencia para aquellas personas que desean contraer matrimonio por segunda vez o constituir una unión marital de hecho. Se deben declarar la existencia de bienes por parte del futuro esposo o compañero. permanente.

Este se debe realizar cuando alguno de los contrayentes administre bienes que sean de sus hijos menores de edad o incapaces que hayan sido fruto de su relación o vínculo anterior, esta figura busca la protección de los menores o mayores en estado de discapacidad judicialmente decretada.

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¿Cuál es el trámite de un inventario solemne de bienes?

El trámite es:

Se puede realizar a través de un procedimiento judicial o de uno notarial.

  • Judicial: Se realiza una solicitud ante un juez de familia para que se nombre un curador especial (representante de los menores). Este proceso se lleva a través de abogado.
  • Notarial: Para solicitarlo debe hacerse la solicitud al Notario, indicando:
    • Nombres, apellidos, documento de identidad, lugar de nacimiento, edad, ocupación y domicilio del interesado y nombre de los hijos menores. 
    • Inventario de los bienes del menor que estén siendo administrados. 
    • El nombre de la persona con quien contraerá nupcias, la fecha del matrimonio, su domicilio e identificación.
    • Presentada la solicitud, el notario designará un curador especial; y este inventario deberá ser elevado a escritura pública.

¿Cuánto tarda y cuesta un inventario solemne de bienes?

Legalmente no existe un tiempo o costo determinado; el tiempo de duración depende de la particularidad que tenga cada caso, o lo que se demore la notaría, o en algunos casos también se puede demorar o extender, debido a que el curador que se asigna no quiere o no puede continuar con aquella representación, entonces toca asignar otro y el proceso se va alargando más. Respecto al costo, en la notaría se revisará que tan complejo sea, y cuantos bienes existen para hacer ese inventario y realizar el proceso, por eso no se puede dar un precio preciso de cuánto puede costar este trámite. Las notarías cobran este tipo de procesos, debido a que este trámite debe formalizarse mediante escritura pública, para que su cumplimiento tome más peso y se guarde como un documento público que tiene toda la protección y valor ante una notaría.                                                                   

¿Qué pasa si no se hace inventario solemne de bienes?

El hecho de que el padre no lo realice cuando quiere casarse por segunda vez, implica que aquellos bienes pueden encontrarse en riesgo, debido a que en caso tal de que este segundo matrimonio tampoco funcione, aquellos bienes pueden llegar a entrar en la partición de la sociedad conyugal de este nuevo matrimonio;

precisamente este inventario solemne de bienes es aquella forma de protección de los bienes de los hijos que les dejó el antiguo matrimonio, puede ser porque el papá de los menores les dejo estos bienes, pero que obviamente estos por ser menores de edad no pueden disponer de él y sobre su madre recae la representación legal de aquellos bienes; Por esta razón deben ser protegidos y deben contar con la asesoría de un abogado para que éste les explique qué tipo de trámites realizar y como.

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¿Qué pasa si los hijos no tienen bienes a su nombre?

Si al momento de volver a contraer por segunda vez matrimonio o declarar una sociedad conyugal, los hijos del futuro esposo no tienen bienes a sus nombre, está de más realizar este trámite, porque como no existen bienes, no se puede realizar y no tendrá ningún sentido o motivo porque realizar este tipo de  inventarios, porque no se cumpliría su objetivo.  

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¿Qué hacer si uno de los padres no está de acuerdo?

Cuando uno de los padres no está de acuerdo con su realización, el otro padre tendrá la facultad de poder hacerlo, debido a que lo que prima es la protección de los bienes del menor de edad para que aquellos no se vayan a ver afectados o sacados de su patrimonio por el padre que no quiere que se realice aquel inventario, debido a que como su representante legal puede disponer de ellos.

¿Cuál es la función del curador?

El curador tiene como función el poder proteger aquellos bienes que son de menores de edad y los cuales no pueden ser utilizados o puestos a disposición por parte del padre del menor; al curador se le deben pagar sus honorarios que más o menos oscilan entre $400.000 pesos en adelante, este es uno de los motivos que hace que este proceso sea costoso, pero que a pesar de esto se protegerá aquel patrimonio.

¿Es recomendable contratar a un abogado?

En estos procesos es importante contar con la ayuda de un abogado, al cual se deberá otorgar un poder para que actué en representación suya ante la notaría donde se adelante el proceso y que luego se le asigne un curador; es decir, este poder lo asigna el padre o madre interesado en realizar el trámite. También podrá darle las asesorías pertinentes sobre este tema, de cómo hacerlo, cuáles son los requisitos y los documentos que debe tener para realizar este inventario.  

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Conclusiones o recomendaciones finales

El inventario solemne de bienes, se realiza con el fin de proteger los bienes de los menores de edad, para que estos no vayan a ser enajenados, es decir no vayan a ser vendidos, donados, comprados, etc.

Este tipo de procesos se realizan cuando uno de los padres sobre todo quien tiene la custodia, decide contraer matrimonio por segunda vez con alguien que no es el papá de sus hijos y que del matrimonio anterior, hayan quedado bienes, de los cuales sean titulares los menores y que se deseen proteger, para que en caso de que en un futuro el padre que se casó (por segunda vez) al momento de hacer la división de la sociedad conyugal estos bienes no vayan a ingresar a aquella.

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Consultas Contestadas vía WhatsApp (Ve hasta el final para hacer la tuya) (5)

  • Buenas tardes para contarte, en el matrimonio me exigen inventario solemne de bienes por cada hijo menor, el caso es que ellos no tienen ningún bien y mi pareja y yo tampoco, pero ya he preguntado en casi todas las notaría aquí en Bogotá y todas me exigen ese inventario ,quisiera saber qué puedo hacer en este caso por favor .

  • Buenos días deseo contraer matrimonio con una persona soltera la cual tiene 3 hijos pero no cuenta con bienes a su nombre, es necesario igual el inventario solemne de bienes?
    Gracias

  • Buenos días deseo contraer matrimonio civil con una persona divorciada que tiene un hijo menor de edad conmigo y yo tengo una hija también menor de edad de otra persona pero no tenemos ningún bien... Y me exigen el inventario de bienes de mi hija qué debo hacer

  • Me voy a casar y mis hijos no tienen bienes a nombre de ellos ni su papá o yo tenemos bienes a nuestro nombre. No tienen nada pero aún así ante la notaría me exigen un inventario solemne de bienes, ya he buscado en varias notarías y todas me dicen lo mismo pero no es razonable hacerlo por qué va a salir en 0 qué debo hacer para poder realizar el matrimonio gracias

  • Buenas tardes deseo contraer matrimonio con una persona divorciada dicha persona tiene dos hijos pero no tienen bienes a nombre de ellos ni de los hijos, no tienen nada pero aún así ante la notaría me exigen un inventario solemne de bienes ya he buscado en varias notarías y todas me dicen lo mismo pero no es razonable hacerlo por qué va a salir en 0 que debo hacer para poder realizar el matrimonio gracias

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