Accidentes de tránsito – Demanda e Indemnización en Colombia

¿Tuviste un accidente de tránsito y no sabes cómo proceder?  Encuentra en el presente artículo los datos más relevantes sobre las demandas e indemnizaciones en  los accidentes de tránsito . Así como , cuánto es la indemnización por muerte, por lesiones; cuánto responde el SOAT; los requisitos para demandar por la indemnización al SOAT y específicamente los requisitos en la demanda por incapacidad temporal o lesiones; el plazo para demandar por una indemnización, los requisitos para poner una demanda por accidente de vehículos, cuándo demandar al estado, qué podría hacer si la aseguradora NO responde por la indemnización por daños y perjuicios, y la indemnización por latigazo cervical.

Si tienes preguntas sobre el tema, te invitamos a que nos dejes un comentario y con gusto nuestro equipo te ayudará. De otro lado, si eres abogado y quieres prestar tus servicios en la plataforma legal líder en Colombia, te dejamos el link.

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¿Cuánto es la indemnización por muerte en accidente de tránsito?

Establece el decreto 056 de 2003 lo siguiente:

Artículo 19. Valor a pagar y responsable del pago. Se reconocerá y pagará una sola indemnización por muerte y gastos funerarios por víctima, en cuantía equivalente a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) al momento de la ocurrencia del accidente de tránsito

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¿Cuánto es la indemnización por lesiones en accidente de tránsito?

La indemnización, depende específicamente del resultado que arroje, el examen médico legal de pérdida de la capacidad laboral, en este se tiene que establecer: la clase de lesión, las alteraciones funcionales y psicológicas, y las secuelas de la lesión, y los más importante determinar, si existe pérdida permanente de la capacidad laboral.

Si existe pérdida permanente de la capacidad laboral, el valor de la indemnización se determinará así:

  • Por pérdida permanente de la capacidad laboral del 1% hasta 5%, dará lugar a una indemnización de 14 SMMLV, tabla que incrementa en 3.5 el valor de la indemnización por cada punto de incapacidad laboral.

Ejemplo:

  • para la incapacidad laboral es del 5% al 6%, el valor de la indemnización será 17.5 SMMLV.
  • Para la incapacidad laboral es del 6% al 7%, el valor de la indemnización será 21.5 SMMLV.
  • Hasta llegar a la pérdida de la capacidad laboral de 49% hasta 50%, el valor de 171.5% SMMLV.
  • Perdida la de capacidad laboral mayor a 50% el valor de 180 SMMLV

¿Cuándo responde el SOAT por la indemnización en un accidente de tránsito?

  • Cuando el Seguro obligatorio de Accidentes de Vehículos, ha sido expedido por una compañía aseguradora debidamente autorizada por el Estado para tal fin.
  • Cuando el asegurado ha cumplido con el deber legal de pagarlo.
  • Cuando el seguro estuviere vigente al momento de ocurrencia del accidente de tránsito.
  • Cuando se demuestre la ocurrencia del hecho y las lesiones o daños causados como consecuencia del accidente de tránsito.

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¿Cuáles son los requisitos para demandar indemnización del SOAT por muerte?

Los requisitos para demandar indemnización del SOAT por muerte son iguales a los de indemnización en accidente de tránsito, mencionados anteriormente como: que el seguro obligatorio de accidente de tránsito esté expedido por una aseguradora autorizada por el Gobierno para ese propósito, que esté a paz y salvo el afiliado con la aseguradora, que se demuestre el suceso, entre otros. También para efectos del reconocimiento del auxilio funerario, deben, los beneficiarios deben demostrar que incurrieron (cancelaron de sus propios recursos) los gastos funerarios. Conoce y compara precios entre abogados para Accidentes de Tráfico en Colombia.

¿Cuáles son los requisitos para demandar indemnización del SOAT por incapacidad temporal o lesiones?

Los requisitos para demandar indemnización del SOAT por incapacidad temporal o lesiones, son los mismos que los de la indemnización por accidente de tránsito, como: tener evidencia por medio del examen médico legal de la lesión y la incapacidad temporal, entre otros.

¿Cuál es el plazo para demandar una indemnización por accidente de tránsito?

La reclamación ante la aseguradora, se debe presentar dentro del año siguiente en que quede en firme el dictamen definitivo de pérdida de la capacidad laboral del afectado.

Si existe controversia con la indemnización o la misma, no es pagada, se debe acudir a una demanda la cual debe ser presentada dentro de los dos (2), siguientes a haber agotado todo el trámite ante la aseguradora.

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¿Cuáles son los requisitos para poner una demanda en un accidente de tránsito?

  • En este tipo de demandas es requisito previo a la presentación de la demanda, agotar el requisito de la conciliación extra procesal.
  • Que se demuestre la pérdida de la capacidad laboral sufrida por la víctima.
  • Que se demuestre los perjuicios morales y psicológicos sufridos por la víctima y su núcleo familiar.
  • Que se demuestre todos los gastos en que incurrió el afectado ccv fd omo consecuencia del accidente.
  • Que se demuestre como ocurrió el accidente y quien lo ocasionó.
  • Que se demuestre que la víctima no tuvo culpa en el accidente de tránsito.
  • Que se demuestre la culpa y responsabilidad de quien ocasiono el accidente.

Adicionalmente también se le agregan los requisitos por indemnización en accidente de tránsito, mencionados en la pregunta 3.

¿Cuándo puedo demandar al Estado por un accidente de vehículos?

  • Cuando se pueda demostrar que el accidente fue ocasionado por vehículos propiedad del Estado. 
  • Cuando se demuestre que el accidente sucedió por consecuencia de la omisiones y deficiencias en la señalización de vías públicas y la falta de mantenimiento o conservación de estas.
  • Así mismo por la deficiencia en las señales preventivas de tránsito.
  • Por la ausencia en la inspección y vigilancia de las obras públicas a fin de evitar los accidentes automovilísticos.
  • Por la falta de control en el tránsito de calles y carreteras.
  • Y en general por la falta de mantenimiento, reconstrucción, mantenimiento de las obras de infraestructura cuya responsabilidad esté a cargo del Estado y siempre que estas hayan sido la causa del accidente. (Conoce más sobre, Demandas Contra el Estado Colombiano)

¿Qué puedo hacer si la aseguradora NO responde por la indemnización por daños y perjuicios en un accidente de tránsito?

Acudir a las instancias judiciales y a través de la acción de demanda, llamar a juicio a la asegurada que ha incumplido con el pago de las obligaciones. Demostrando, en todo caso, la ocurrencia del accidente, las secuelas, el tipo de lesión, los perjuicios, la incapacidad laboral ocasionada, y/o el porcentaje de pérdida de la capacidad laboral.

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¿Cuánto es la indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico en Colombia?

La indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico es idéntica a la indemnización por lesiones en accidente de tráfico (pregunta 2), dependiendo específicamente del examen médico legal y del porcentaje de pérdida permanente de la capacidad laboral.

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Consultas Contestadas vía WhatsApp (Ve hasta el final para hacer la tuya) (7)

  • Buenos días, tuve un accidente de tránsito en noviembre del año 2021, un vehículo me arrolló junto a mi hija y mis hermanas, estábamos sobre la acera de una vía esperando para pasar la calle.
    Tuve lesión en rodilla y tobillo izquierdo, después que me avalúo el médico me mandaron 5 terapias y seguir asistiendo en caso de molestias, yo llamé por las terapias y nunca me respondían, el caso fue que no insistí más y me fui por medio de la EPS y aún sigo en trámites por las lesiones ya que aún siguen doliendo, aunque ya hice terapias físicas por medio de la EPS.
    Tuve una conversación con alguien que conoce un poco del tema y me dice que la indemnización ni me la van a dar por no haber agotado el SOAT y haberme ido por medio de la EPS.
    Necesito quien me oriente que hacer, porque esto que siento después del accidente no creo justo que se quede así.
    Gracias de antemano.

  • Buen día, tuve un accidente de tránsito en el cual choque contra un peatón tanto al muchacho como a mí no nos pasó nada físicamente, solo raspaduras, en unos días tengo la audiencia y no se exactamente qué pasara?...habrá indemnización por lesiones o solo se peleará los arreglos del vehículo?

  • Un accidente de tránsito entre dos personas en motocicletas, el SOAT cubrió los gastos médicos de la parte afectada, la parte culpable del accidente debe pagar indemnización? Ya que la persona se le partió la pierna y quedó inmovilizado por 3 meses

  • Yo tuve un accidente de tránsito hace aproximadamente ocho años y todos los gastos médicos los cubrió el seguro de la moto, hace un mes aproximadamente llamaron a mi papá y le dijeron que yo podía reclamar una indemnización. ¿A qué numero debo llamar o a que lugar debo dirigirme para informarme sobre el tema?

  • Buenos días, hace año y medio tuve un accidente de tránsito donde yo choque a otro carro, como yo no tenía seguro en esa época, hice un arreglo con el señor y firme un "Contrato por transacción por daños en accidente de transito", pague el arreglo respectivo firmamos el documento y hasta ahí, hace unos días me llega un correo de una firma de abogados como representante de la aseguradora, donde están cobrándome una suma alta por responsabilidad civil, qué debo hacer? es válido que me cobren cuando yo llegue a un arreglo con el señor del carro, firmamos y todo quedo subsanado? es válido ese cobro?, muchas gracias.

  • Buenos días,

    Mi nombre es Jaydeer Alberto Rojas Castro. El día 12 de Abril del Año 2012 en la ciudad de Palmira Valle del Cauca. Tuve un accidente de transito en servicio cómo Patrullero de la Policía Nacional de Colombia, se recibe el llamado de la Central de Radio para apoyar un caso de una persona lesionada por Arma de Fuego, cuándo nos dirigíamos en la Motocicleta Oficial de la Policía, al llegar a una intersección, colisionamos con un bus de servicio público. "Todo el Informe de Tránsito (CROQUIS) salió a favor, siendo así que me culparon por haber Omitido la señal de pare, caso que se apeló ante la Dirección General de la Policía Nacional, demostrando las verdaderas causas del accidente, teniendo cómo resultado por lo expuesto, el Director General de la Policía Nacional, en uso de la facultad que confiere el artículo 26 del Decreto 1796 de 2000, procede a MODIFICAR la calificación proferida en el informe administrativo en mención, en el sentido de indicar que las circunstancias en que resultó lesionado el señor patrullero JAYDEER ALBERTO ROJAS CASTRO, se presentaron de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 literal b) de la norma ibidem, en servicio por causa y razón del mismo, es decir, enfermedad profesional y/o accidente de trabajo. Siendo así las cosas, las personas encargadas (Agentes de Tránsito) que atendieron ése día el accidente, al enviar el reporte de inicio a la Fiscalía General de la Nación, escriben todo lo contrario. Se demandó La Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional y Alcaldía del Municipio de Palmira (Valle del Cauca) - Secretaría de Movilidad, por los perjuicios presuntamente causados con ocasión cuando en ocasión de las lesiones sufridas por el señor Jaydeer Alberto Rojas Castro, cuando en cumplimiento de sus funciones se movilizaba en la motocicleta oficial y se vio involucrado en un accidente de tránsito, presuntamente por las malas condiciones de la motocicleta y al mal estado de las señales de tránsito, siendo expuesto todo lo anterior, mi abogado no tuvo todo el conocimiento suficiente para demostrar mi caso en primera instancia y mucho menos en segunda instancia, ante los Jueces y Magistrados de la República de Colombia. Me dijo que ya no había nada que hacer que perdí. Lastimosamente desde que tuve el incidente de transito, quedé en mal estado de salud, por tal motivo fui retirado (Pensionado quedando con un sueldo mal pagado de un (SMMLV) de la Institución (Policía Nacional de Colombia) hago referencia a lo escrito anteriormente, por mi estado de salud físico y mental, no pude ni tuve el conocimiento para poder defenderme y demostrarle al Estado y a la Nación, que en ningún momento fue culpa mía todo lo ocurrido. Mi pregunta es actualmente mi compañero de servicio (Parrillero de la motocicleta oficial de la Policía Nacional de Colombia) tiene todavía la demanda activa, a favor (la Primera Instancia) y apelada por la contra parte la Segunda Instancia) Por reparación directa (Daños causados en el accidente de trabajo). En solicitud por ser víctima del accidente, ya que para el día de los hechos se encontraba de Parrillero. El nunca se enfocó por la mala señalización de tránsito que nos ocasionó el Trágico Accidente. Sólo se enfoca en que él era la víctima siendo así el Parrillero del servicio de la moto oficial de la Policía Nacional. Pregunto "PUEDE ÉL A ESTE TIEMPO INTERPONER DEMANDA POR EL MAL PROCEDIMIENTO DE TRÁNSITO, POR LOS HECHOS OCURRIDOS EN LA FECHA 12/04/2012 YA QUE TODAVÍA SE ENCUENTRA EN JUICIO SU CASO EN SEGUNDA INSTANCIA APELADA POR LA CONTRA PARTE.

    Agradezco su atención, quedo atento y espero pronta respuesta, ya que me siento muy mal por haberme vulnerado mis derechos.

    Atentamente: Jaydeer Alberto Rojas Castro

  • Interponer querella peatón victima de accidente tránsito

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