Pensión de Discapacitados en Colombia – 9 Tips Legales

Conoce cuándo se considera que hay discapacidad en Colombia, cuáles son los tipos de pensión, cómo obtener la pensión de discapacidad, cómo saber si salió la pensión, qué debo hacer si no me salió, cuándo y cómo aplicaría para un soldado, si hay o no para los cuidadores, cuáles son los subsidios y ayudas para los discapacitados, cuál debe ser el porcentaje de discapacidad, en cuáles casos es recomendable contratar a un abogado y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy valiosas.

 En cortas palabras encuentra las respuestas a las preguntas más comunes que se realizan las personas que viven la misma situación.  

Si tienes dudas sobre el tema, te invitamos a que nos dejes un comentario y con gusto nuestro equipo te ayudará. De otro lado, si eres abogado y quieres prestar tus servicios en la plataforma legal líder en Colombia, te dejamos el link.

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¿Cuándo se considera que hay discapacidad en Colombia?

Una persona es considerada discapacitada cuando tiene una deficiencia física, mental, intelectual, o sensorial. Y esta es sostenida a largo plazo, es decir, por mucho tiempo, hasta de por vida, y que al momento de interactuar con la sociedad o tratar de hacer la actividad de una persona ¨normal¨ le impide ejercerlas en igualdad de condición respecto a los demás.

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¿Cuáles son los tipos de pensión por discapacidad?

TIPOS Y REQUISITOS:

  • PENSIÓN DE INVALIDEZ: esta aplica para una persona que sea declarada inválida, ya sea por enfermedad o por un accidente, para esta se requiere que haya cotizado 50 semanas en los últimos 3 años, anteriores a la fecha en la que se le declaró la invalidez. (Conoce más sobre la pensión de invalidez en Colombia).
  • INVALIDEZ DE JÓVENES: como requisito importante se tiene que esta es para las personas (jóvenes) entre los 14 y 26 años de edad, y debe haber cotizado 26 semanas en el último año anterior al hecho que causó la invalidez.
  • PENSIÓN DE INVALIDEZ PARA PERSONAS CON INCAPACIDAD: se presenta cuando una persona nació con una discapacidad y aun así cotizó, trabajó, y luego adquirió una invalidez, por tal razón esta persona no puede ser considerada inválida desde nacimiento. Entonces como requisito se tiene, que esta persona aun con una discapacidad debió trabajar y cotizar 50 semanas dentro de los 3 años anteriores del hecho que causó su invalidez. Un fondo de pensiones no le puede negar el derecho de adquirir su pensión de invalidez a una persona discapacitada pues no se considera inválida desde su nacimiento ya que lleva varios años trabajando y cotizando. (Conoce más sobre la Calificación de invalidez en Colombia).
  • PENSIÓN SUBSIDIADA: es un aporte destinado a los grupos de personas en condiciones económicas bajas, (pobres), como requisitos tenemos, fotocopia del documento de identidad, carnet de afiliación a la salud, y certificado de pérdida de capacidad laboral de más del 50%, se deben tener más de 500 semanas cotizadas, debe ser cotizante del régimen contributivo, beneficiario, o estar afiliado al régimen subsidiado, debe ser menos de 65 años, estar en los niveles I, II del Sisbén.
  • PENSIÓN SUSTITUTIVA PARA LOS HIJOS INVÁLIDOS:  se debe probar el parentesco (que es el hijo) con el causante (el muerto), y que dependía económicamente del padre pensionado al momento de su muerte, también debe probar la condición de invalidez, es decir, que es invalido.
  • PENSIÓN DE VEJEZ: debe tener 55 años, y una invalidez del 50%, además debió haber cotizado 1000 semanas a la seguridad social, ya sea de forma continua o no. (Conoce más sobre, Pensión de Vejez y Jubilación en Colombia)
  • PENSIÓN PARA PADRES CON HIJOS DISCAPACITADOS: un padre puede solicitar en cualquier momento la pensión de vejez si tiene un hijo discapacitado; como requisito, se necesita que ya se haya declarado la discapacidad de su hijo, además este hijo debe depender económicamente de su padre, y el padre debe haber cotizado el mínimo de semanas requeridas en el régimen de prima media, que serían entonces 1300 semanas.
  • PENSIÓN PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO: el requisito es que debe tener un 50% de discapacidad laboral por causa del conflicto armado, es decir, que debido al conflicto armado una persona haya perdido el 50% de su capacidad para trabajar y debido a esto, dicha persona no tenga otra manera de acceder a una pensión.
  • PENSIÓN FAMILIAR:  en esta, el cónyuge o compañera permanente de esa persona discapacitada, puede sumar sus aportes con los de su pareja y poder tener una pensión, que les permita llevar una vida digna, para esto la persona debe haber perdido el 50% de su capacidad laboral, y acreditar la convivencia marital con su cónyuge (esposo, esposa).

¿Cómo obtener la pensión de discapacidad?

REQUISITOS:

  • SI ES POR ENFERMEDAD: el afiliado debe haber cotizado como mínimo 50 semanas dentro de los 3 años anteriores a que le dictaminaron la invalidez.
  • Si es para jóvenes (14-26 años) debe haber cotizado mínimo 26 semanas en el último año antes de la enfermedad o accidente que dio origen a la incapacidad.
  • Si la persona cotizó al menos 75% de las semanas requeridas para adquirir la pensión de vejez, solo necesita probar que en los últimos tres años cotizó 25 semanas.
  • El certificado médico que dice la invalidez debe arrojar una invalidez igual o superior al 50%.  

TRAMITE:

  • Debe obtener una pérdida de la capacidad para trabajar de un 50%.
  • Haber cotizado las semanas requeridas, dependiendo el tipo de pensión.
  • Acercarse al fondo de pensiones, entregar su documento de identidad, la certificación de la incapacidad del 50% y los demás documentos que se requieran.
  • Fotocopia del documento de identidad al 150%.
  • Certificado de salud de la EPS.
  • Se debe presentar una solicitud de la pensión y radicarla.
  • Luego se evaluarán los documentos y dicha solicitud, para luego aceptarla o rechazarla.

¿Cómo saber si me salió la pensión por discapacidad?

Se deberá acercar al fondo de pensiones, con sus documentos personales, y la valoración del médico donde se dictaminó su discapacidad. Además, debe tener un número del expediente o radicado cuando realizó la solicitud, cuando inició el respectivo procedimiento y averiguar si ya le salió o no su pensión por discapacidad.

Por lo regular esta notificación llega a la dirección del beneficiario, como un tipo de carta o documento donde se evidencia si le aprobaron la pensión o no.

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¿Qué debo hacer si no me salió la pensión por discapacidad?

Si no le salió o no le aprobaron la pensión, puede que sea porque no cumplió con los requisitos, por lo tanto debe acercarse al fondo de pensiones, con su documento de identidad, la certificación del médico donde se detectó la discapacidad, y todos los documentos que tenga sobre este proceso, y averiguar qué fue lo que sucedió y porque no se la aprobaron , es importante que contrate un abogado para que le ayude en estos trámites y le ayude obtener una solución favorable para usted.

¿Cuándo y cómo se pensiona un soldado por discapacidad?

Un militar para acceder al reconocimiento de la pensión de invalidez debe acreditar un porcentaje de disminución de la capacidad laboral igual o superior al 50% ocurrida en servicio activo, es decir, ejerciendo la profesión de soldado activo, no importa el origen de esta, y lo hará a través del El GRUPO DE PRESTACIONES SOCIALES DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, es quien se encarga de reconocer las pensiones de los miembros del ejército nacional. (Conoce más sobre, la pensión de policías y militares en Colombia).

¿Hay pensión para cuidadores de discapacitados en Colombia?

Hasta el momento, no, los beneficiarios en este caso es la persona que haya sido determinada como discapacitada, es decir esa persona es quien recibe.

Pero hay un proyecto de ley donde se pretende que le sea reconocido un ingreso mensual de un salario mínimo mensual más aportes en salud y pensión.

¿Cuáles son los subsidios o ayudas para discapacitados en Colombia?

  • SUBSIDIO ECONÓMICO:  es un monto de dinero que se le da a las personas que tienen una discapacidad igual o superior al 50%, para acceder a este debe contar con un carnet de discapacidad, la persona debe ser nacional colombiano, o haber residido 10 años en Colombia, tener más de 18 años de edad, ser del nivel 1 o 2 del SISBEN y no tener más ingresos económicos.
  • SUBSIDIO DE TRANSPORTE: es una ayuda del gobierno para que aquellas personas discapacitadas puedan transportarse libremente sin tener que preocuparse por pagar por esto. Para esto debe tener un carnet que certifique su discapacidad, esta tarjeta es recargada 1 vez al mes, solo aplica para personas con discapacidad permanente.
  • AYUDAS MÉDICAS Y OTROS BENEFICIOS: las personas discapacitadas, pueden acceder a servicios como: acceso a medicamentos y procedimientos, acceso a la salud y recreación, cupos escolares, programa de vive digital, subsidios de cajas de compensación, subsidios de viviendas, entre otros.

¿Cuál es el porcentaje de discapacidad para pensión?

  • DE ACUERDO AL GRADO DE INVALIDEZ: 
  • GRADO 1:  entre 50 y 65,99%, el valor de la pensión se liquidará a partir del 45% del Ingreso Base de Liquidación (IBL).
  • GRADO 2: igual o superior al 66%, la pensión se liquida a partir del 54% del Ingreso Base de Liquidación (IBL).
  • SEGÚN EL NÚMERO DE SEMANAS COTIZADAS: el porcentaje de liquidación puede aumentar dependiendo las semanas que el trabajador cotizó durante su vida laboral.
    • GRADO 1:  el porcentaje aumenta de 1.5 hasta un 75% del IBL por cada 50 semanas, que se agreguen a las 500 semanas que ya se cotizó, es decir después de 500 semanas por cada 50 semanas más se aumenta el porcentaje hasta el 75%.
    • GRADO 2: el porcentaje aumenta en un 2% hasta el 75% del IBL si después de las 800 semanas cotizadas se cotizan 50 semanas más y así sucesivamente.

Nota:  Recuerde que la pensión de invalidez no puede ser nunca menos que un salario mínimo legal mensual vigente.

¿En qué casos recomendable contratar a un abogado?

Es recomendable que contrate un abogado si quiere adquirir una pensión por invalidez, pues este a través de sus conocimientos y experiencias lo asesorará y ayudará en todos los trámites pertinentes, procurando siempre buscar que se cuiden y cumplan sus derechos. También es importante que cuente con una buena asesoría legal de un abogado experto en el tema pues, este le indicará todo lo que tiene que hacer y así le evitará futuros inconvenientes que puedan surgir, recuerde siempre que un abogado cuente con los conocimientos en estos temas y lo puede guiar para que todo le salga más favorable.

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Conclusiones y recomendaciones finales

La pensión para los discapacitados en una buena herramienta y ayuda que le brinda el estado a aquellas personas que cuentan con una deficiencia física, mental, intelectual, o sensorial, y esta es a largo plazo, es decir por mucho tiempo, hasta de por vida, y que al momento de interactuar con la sociedad o tratar de hacer la actividad de una persona ¨normal¨ le impide ejercerlas en igualdad de condición respecto a los demás, para acceder a ella recuerde que debe cumplir con unos requisitos.

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  • Buena noche tengo radiculopatía crónica hace 18 meses según electromiografía. He pasado por tratamientos conservadores dos bloqueos facetarios, la rnm muestra signos de protusiones en l4 l5 l5 s1.pero el neurocirujano dice que. O es de tratamiento quirúrgico .puedo pedir pensión por incapacidad laboral. gracias

  • Buenos días
    Hace más de un año o llevo año y medio incapacitado por sufrir un accidente de tránsito dónde tuve fractura de fémur tibia peroné y tercer metatarsiano pie derecho, dure casi 2 meses hospitalizado por una infección en el fémur , me cambiaron el clavo intramedular más retiró hueso me colocaron mezcla medica o másquele dónde a la fecha estoy esperando cirugía para ese cambio más la tibia no hecho consolidación y posible intervención también, tengo acortamiento del pie 2 centímetros más comprometido el nervio tengo una parte del pie "dormido" eje: entro a la ducha pie limpio no siento nada de frío como en el pie bueno izquierdo además no puedo mover los dedos del pie, perdida de fuerza en el pie como tal tanto altura de la rodilla como tobillo actualmente ando con una muleta no puedo estar mucho tiempo de pie con cargazón y dolor pie y cintura etc...
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    Gracias

  • Hola, tengo una enfermedad crónica del corazón y pulmón, quería saber si hay un tipo de ayuda o pensión para mí, tengo 21 años

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