Todo sobre: Propiedad Industrial en Colombia – 15 Tips Legales

Te gustaría conocer qué es la Propiedad Industrial en Colombia, continúa leyendo y entérate de cuáles tipos existen, cuáles características la identifican, quién y cuáles leyes la regulan en Colombia, cuáles sanciones o multas aplican si se comete un delito en contra de la misma, si se puede o no demandar por su violación, cuáles son los requisitos para demandar; cómo y en dónde se registra, cuáles son las ventajas de tenerla registrada, cuánto cuesta y tarda el proceso, si se puede o no registrar un signo distintivo como propiedad industrial, la diferencia con los derechos de autor y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy provechosas sobre el tema.

 En resumidas palabras encuentra las respuestas a las dudas más frecuentes sobre el tema en Colombia. 

Si tienes preguntas sobre el tema, te invitamos a que nos dejes un comentario y con gusto nuestro equipo te ayudará. De otro lado, si eres abogado y quieres prestar tus servicios en la plataforma legal líder en Colombia, te dejamos el link.

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¿Qué es la propiedad industrial en Colombia?

Son aquellos derechos que se pueden tener sobre una invención, creación o innovación, con el fin de que estos derechos se deban proteger de terceros que los quieran usar indebidamente, lucrándose patrimonialmente sin que el titular del derecho haya permitido su utilización. 

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¿Qué tipos de propiedad industrial existen?

Los tipos que existen son:

  • Marca: Una marca es aquel símbolo, signo o distinción que hace que una empresa, producto o servicio se pueda distinguir entre las demás; debido a que esta marca es propia. La finalidad de una marca es que pueda ser identificable y reconocida por sus consumidores, es decir que si en una publicidad ven esta marca, de una vez puedan saber a qué producto, empresa o servicio se hace alusión. Si te interesa saber más te invitamos a leer: Todo sobre: Registro de Marcas en Colombia – 19 Tips Legales
  • Patente: Una patente es el derecho que se le otorga a una persona innovadora o creador de algún producto o servicio;  el Estado le otorga esta exclusividad cuando se registra la patente, es decir, el Estado le da este privilegio por su esfuerzo intelectual, la inversión que realizó en esa creación. Este privilegio es limitado  y el tiempo de exclusividad  es de 20 años, es decir, que su creador será el único que podrá comercializar el producto patentado. Si te interesa saber más te invitamos a leer: 19 Tips Legales sobre: Patentes en Colombia – Cuándo y Cómo Pedirla
  • Nombre Comercial: Es aquel signo o denominación con el cual se reconoce a una persona natural o jurídica en una actividad empresarial, esta se concede por un periodo de 10 años.
  • Modelos de utilidad: Es dar un objeto que sirve como base o estructura a algo que pueda servir para la práctica, es decir la invención del producto; este se concede por un periodo de 10 años.
  • Modelo Industrial: Es aquel objeto que sirve de fabricación de una invención o de un producto y se identifica por su estructura y se protege solo la forma de fabricación.
  • Diseños Industriales: Son aquella disposición que se tenga sobre un  conjunto de líneas y colores aplicables a la actividad comercial, se debe registrar y tendrá un vigencia de 10 años. 

¿Quién regula la propiedad industrial en Colombia?

Quien regula o protege es la Superintendencia de Industria Y Comercio; en la cual se debe registrar con el fin de que se puedan proteger los derechos que tienen sus autores o titulares para que no se vayan a ver violentados por terceros que los utilicen indebidamente y saquen provechos económicos, sin tener una autorización previa del titular del derecho.

¿Qué características identifican la propiedad industrial?

El objeto de la propiedad industrial consiste típicamente de signos que transmiten una información a los consumidores, concretamente en lo que respecta a los productos y los servicios que se ofrecen en el mercado, y que la protección va dirigida contra el uso no autorizado de tales signos, lo cual es muy probable que induzca a los consumidores a error, y contra las prácticas engañosas en general.

Características:

  • Recae sobre un bien inmaterial: Lo que se protege es el derecho que se tiene sobre una creación e invención; el uso exclusivo de un nombre, una marca, una patente entre otras;  es decir aquellos bienes inmateriales.
  • Implica una obligación de explotación económica: Es decir desde que se crearon, su objetivo era poder darle una explotación económica con el fin de conseguir un provecho económico que pueda reconocer aquel esfuerzo y sacrificio que se tuvo que hacer para que su creación fuera exitosa y útil.
  • Está sujeta a registro: Para que se pueda proteger la propiedad industrial, debe registrarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin que se protejan los derechos del autor o creador de la invención y que estos derechos no se ven violados por terceros.
  • Impone cargas al titular: Cuando se registra se le imponen cargas al titular como explotar su invención y  registrar todo contrato o acto que implique la cesión o transferencia de la obra a un tercero.
  • Es de carácter temporal: La titularidad y protección de la propiedad intelectual es limitada tiene un término de 10 años contados desde su registro.

Es de aclarar que junto con los derechos de autor, integran el derecho de la propiedad intelectual. La propiedad industrial va más direccionada a la protección de la economía del autor; a diferencia de los derechos de autor, que su fundamento es el intelecto, es decir, la creación e ingenio del autor.

¿Qué leyes regulan la propiedad industrial en Colombia?

Las leyes o normatividad que la regulan son:

  • Ley 172 de 1994

Es un tratado por medio del cual se desarrolla el libre comercio entre los Gobiernos de Estados Unidos, Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, y con el cual se buscaba fortalecer los lazos especiales de amistad, solidaridad y cooperación entre sus pueblos; para evitar las distorsiones en el comercio, que se pudiera efectuar un mutuo intercambio comercial, incentivar a la creatividad e innovación.

  • Ley 178 de 1994

Con esta se aprueba el Convenio de París, realizado en Bruselas, integra muchos países y crean la unión para la protección de la propiedad industrial, de patentes invención, modelos industriales, las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, el nombre comercial, las indicaciones de procedencia o denominaciones de origen, con el fin de regular la competencia desleal.

  • Ley 1343 de 2009

Es el tratado sobre el derecho de las marcas, en el cual se adopta un reglamento para que el país pueda adoptar políticas referentes a las marcas y crear un vínculo internacional de marcas.

  • En el código de Comercio existe un título II el cual fue modificado por la decisión 486 de 2000

Este es un régimen común el cual versa sobre la propiedad industrial y hacen parte los países miembros de la comunidad andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) los cuales su unieron para crear estas decisiones que protegen los derechos industriales de sus respectivos países.

  • El código penal ley 599 de 2000

Mediante los artículos de: la falsedad marcaría (art. 285), la usurpación de marcas y patentes (art. 306), el uso ilegítimo de patentes (art. 307) y la violación de reserva industrial y comercial (art. 308). En los cuales se establecen las penas y multas en las que incurrirá quien la utilice indebidamente.

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¿Qué sanciones o multas aplican para los delitos contra la propiedad industrial?

El código de Comercio establece en sus articulos:

  • ARTÍCULO 285. FALSEDAD MARCARIA: Incurrirá en prisión de 16 a 90 meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
  • ARTÍCULO 306. USURPACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE OBTENTORES DE VARIEDADES VEGETALES: Incurrirá en prisión de 4 a 8 años y multa de 26.66 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • ARTÍCULO 307. USO ILEGÍTIMO DE PATENTES: Incurrirá en prisión de 16 a 72 meses y multa de 26.66 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • ARTÍCULO 308. VIOLACIÓN DE RESERVA INDUSTRIAL O COMERCIAL: Incurrirá en prisión de 32 a 90 meses y multa de 26.66 a 3.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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¿Cómo y dónde se registra la propiedad industrial en Colombia?

Se registra ante la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual protege los derechos patrimoniales del autor o creador.

  • Tener en cuenta que tipo se desea registrar, si es una marca, patente, modelo de utilidad, modelo industrial, entre otros.
  • Darle un nombre en el cual se describa brevemente en que consiste.
  • Resumir el objeto y finalidad de la propiedad industrial.
  • Descripción clara y completamente en que consiste y que sea entendible por cualquier persona.
  • Indicar cuál es el motivo por el cual se necesita la protección por medio de la patente. 
  • Para que se pueda interpretar de una manera más fácil se podrán utilizar planos, figuras, entre otras.  
  • La Superintendencia de Industria y Comercio cuenta con unos formatos, en los cuales debe estar debidamente diligenciada: La tarjeta para el archivo temático y una tarjeta para el archivo de propietarios.
  • Para efectos de publicación: un resumen que contenga la identificación del inventor, el título, lo más relevante de la descripción o petición.
  • Los poderes que fueren necesarios.
  • Comprobante de pago.
  • El texto de la descripción debe ser presentado en hojas blancas tamaño oficio, escritas en tinta negra e indeleble, por una sola cara del papel. El original quedará en la oficina y la copia será para el solicitante. 

¿Cuáles son las ventajas de registrarla?

La ventaja de registrarla es la protección que se le da por medio de este registro, debido a que el titular del derecho podrá gozar  y disponer de él exclusivamente, pudiendo otorgárselo a otro siempre y cuando sea su voluntad y pueda llegar a un acuerdo económico con quien se le va a ceder.

¿Cuánto cuesta el proceso de registrarla?

El precio se determina:

  • En el caso de registrar un derecho de autor ante la dirección Nacional de Derecho de Autor: así el trámite se haga de forma física o virtual, no tendrá ningún costo.
  • En el caso de una patente vale por la presentación de la solicitud; si es forma  física tiene un valor de $103.500 (precio 2020), pero si se realiza de forma virtual el valor es de $83.500 (precio 2020)
  • En el caso de una marca la solicitud de registro de marca de primera o única clase cuesta  $954.500 pesos.
  • Por último, se debe adicionar los honorarios del abogado especialista en este tema. Te dejamos el siguiente link si deseas comparar precios con diferentes abogados para propiedad industrial

¿Cuánto tarda el proceso de registro en Colombia?

  • Para el caso de Derechos de autor, ya sea de forma física o virtual tendrá una duración de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente en que fue radicada la solicitud.
  • Para registro de marca puede tardar entre 8 a 10 meses siempre y cuando no existan oposiciones por parte de la entidad o por parte de un tercero, por encontrar una irregularidad al momento de registrarla, como por ejemplo que ya exista un registro de marca con las mismas o similares características a las que se están registrando.
  • Para el caso de una patente el proceso de registro puede tardar entre 1 año o año y medio, dependiendo la agilidad del proceso.

¿Puedo registrar un signo distintivo como propiedad industrial?

Si dentro los signos distintivos se encuentra las marcas las cuales pertenecen a la propiedad industrial y deben ser registradas ante la Superintendencia de Industria y Comercio; los signos distintivos que pueden ser registrados son los lemas comerciales, los nombres colectivos, los sellos de garantía, las razones sociales, entre otros; para que se le puedan dar una protección, a los derechos de los titulares de estas. (Conoce más sobre, Signos Distintivos en Colombia)

¿Cuáles son las diferencias entre derechos de autor y propiedad industrial?

Las diferencias que existen entre los derechos de autor y propiedad industrial es que en los primeros, lo que en realidad se protege con el registro  es el derecho intelectual o de creación del autor o titular del derecho y este proceso debe adelantarse ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor; en la propiedad industrial lo que se protege es el derecho patrimonial o económico de la creación o invención con el fin de que no existan terceros inescrupulosos que quiera lucrarse con esta,  la propiedad industrial debe ser registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio, ya sea de forma verbal o virtual. (Conoce más sobre, Derechos de Autor en Colombia)

¿Se puede demandar por la violación de la propiedad industrial en Colombia?

Si se puede demandar por la violación de la propiedad industrial en Colombia, este proceso se puede adelantar ante la Superintendencia de Industria y Comercio o ante la fiscalía general de la nación, donde la demanda se puede realizar de forma verbal o escrita, indicando los hechos del delito, e identificando al infractor, para que esta entidad pueda adelantar las respectivas investigaciones. Es muy indispensable contar con el apoyo y asesoría de un abogado especialista en Derecho Comercial que pueda ayudarlo adelantar la demanda y a realizar unas pretensiones fundadas en derecho y con pruebas contundentes de la violación de la propiedad industrial.

¿Cuáles son los requisitos para demandar?

Los requisitos para poder adelantar la demanda son:

  • Ser el titular de la propiedad industrial.
  • Que la propiedad industrial esté debidamente registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
  • Tener las pruebas contundentes de que en verdad se está violando o utilizando la propiedad industrial sin el debido permiso o consentimiento de sus uso, o que en ningún momento se le han cedido los derechos  al infractor.
  • Contar con un abogado que lo represente y le ayude a poder realizar la respectiva demanda, todo fundado en derecho.
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Conclusiones y recomendaciones finales.

La Propiedad Industrial son aquel grupo de derechos que tiene un titular de una patente, marca, modelo de utilidad entre otros; por medio del cual se protegen los derechos patrimoniales para que no se vean afectados por terceros que quieran violar y lucrarse de estos. Se caracteriza por la protección que le brinda a los derechos del titular, la posesión de la cual tiene derecho su creador para que pueda disponer de estos, ya sea cediéndolos o dando permisos para que un tercero pueda usarlos.

El proceso de registro de la propiedad industrial debe adelantarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio y para esto deben cumplirse los requisitos siguientes:

  • Identificación del solicitante o inventor.
  • Darle un nombre a la propiedad industrial en el cual se describa brevemente en que consiste.
  • Resumir el objeto y finalidad de la  propiedad industrial.
  • Descripción clara y completamente en que consiste aquella  propiedad industrial, para que sea entendible por cualquier persona.
  • Indicar cuál es el motivo por el cual se necesita la protección de la propiedad industrial.
  • Para que se pueda interpretar de una manera más fácil  la propiedad industrial se podrán utilizar planos, figuras, entre otras.  
  • La Superintendencia de Industria y Comercio cuenta con unos formatos, en los cuales debe estar debidamente diligencia: La tarjeta para el archivo temático y una tarjeta para el archivo de propietarios.
  • Para efectos de publicación: un resumen que contenga la identificación del inventor, el título de la invención, lo más relevante de la descripción o petición.
  • Los poderes que fueren necesarios.
  • Comprobante de pago de la inscripción de la propiedad industrial.
  • El texto de la descripción de la invención, debe ser presentado en hojas blancas tamaño oficio, escritas en tinta negra e indeleble, por una sola cara del papel. El original quedará en la oficina y la copia será para el solicitante

Con estos requisitos de puede hacer el registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio, ya sea de forma verbal o escrita, pero debe hacerlo quien sea su creador o innovador.

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  • Buenas tardes:

    Puede un extranjero, no residente en Colombia registrar una marca de calzado en el país?

    Saludos

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