Todo sobre el Comodato en Colombia – 15 Tips Legales

 Encuentra en el presente artículo todo lo relacionado al comodato en Colombia.  Así como qué es, diferencia con el comodato precario y con el comodato oneroso, sus características y requisitos en un contrato de comodato, cómo y ante quién se formaliza el contrato, los derechos y deberes de las partes, cuáles leyes lo regulan, si se puede o no terminar el contrato antes de los estipulado, ante quien se presenta la demanda de terminación del contrato, si se puede ceder o no, quién debe encargarse de los costos asociados al bien, en cuáles casos se puede exigir una indemnización del contrato y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy  útiles sobre el tema.

Si tienes preguntas sobre el tema, te invitamos a que nos dejes un comentario y con gusto nuestro equipo te ayudará. De otro lado, si eres abogado y quieres prestar tus servicios en la plataforma legal líder en Colombia, te dejamos el link.

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¿Qué es el comodato en Colombia?

Comodato o préstamo de uso, es un contrato donde una parte, denominada comodante, entrega a la otra llamada comodataria (sin transferir el dominio), a título gratuito, una cosa determinada no consumible (aquellas que no se agotan o perecen por su primer uso natural), mueble o inmueble, con el fin de que se sirva de ella y luego la restituya (devuelva).

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¿Qué es el comodato precario?

Según, nuestra legislación civil, existe comodato precario en los siguientes casos:

  • Cuando el comodante se reserva la facultad de pedir la cosa prestada en cualquier tiempo.
  • Y cuando no se presta la cosa para un servicio particular, ni se fija tiempo para su restitución.

¿Qué es el comodato oneroso?

En este punto, hay que tener suma claridad, en que la principal característica, del Comodato es la GRATUIDAD, (la cosa se presta para usarla y no se fija un precio por el uso).

Si, en dicho contrato se pacta un precio, ya no se está frente a la figura del Comodato.

Sin embargo, la misma ley civil, establece una excepción, que, es, cuando el comodatario por un vicio oculto de la cosa (bien mueble o inmueble), sufre algún perjuicio, puede exigirle al comodante que le repare los daños causados.

Hay un vicio oculto, cuando, la cosa tiene un defecto, y ese defecto impida su uso y funcionamiento adecuado, y, además, que el dueño tenga conocimiento del defecto y no lo advierta, es decir, que guarde silencio sobre el defecto.

Solo en este caso, el comodato tiene una onerosidad, pero dicha onerosidad, debe ser entendida desde el punto de vista de la indemnización por los perjuicios que pueda sufrir el comodatario; porque se repite la esencia del comodato es la gratuidad.

¿Cuáles son las características y requisitos de un contrato de comodato?

Como características encontramos las siguientes:

  • Se debe suscribir sobre una cosa no consumible.
  • Es un contrato que se perfecciona con la entrega de la cosa y no requiere ninguna otra solemnidad.  Es un contrato intuito personae (personal).
  • Es un contrato a título gratuito pues en el momento en que el comodatario se vea obligado a pagar suma alguna por contraprestación el contrato deja de ser de comodato y se estará en presencia de otro negocio jurídico.
  • El comodatario asume tres obligaciones: (1) usar la cosa de acuerdo a los términos convenidos en el contrato, y en caso de no haberse pactado éste, a darle el uso ordinario que corresponda a esta clase de cosas; (2) Conservar el bien dado en comodato; y (3) restituir la cosa al comodante.

Como requisitos se tienen los siguientes:

  • En primer lugar, habrá de indicarse en el contrato que se trata de un Comodato o préstamo de uso.
  • Que se indique que el contrato es a título gratuito.
  • Que se identifique y determine la cosa (bien mueble o inmueble), dado en préstamo de uso.
  • Que se determine el uso, que se le ha de dar a la cosa entregada en comodato.
  • Que se determine el plazo del comodato.
  • Que se determinen las causales de terminación del comodato.
  • Que se determinen las obligaciones del comodante y comodatario, determinando a quien corresponde los gastos y a quien corresponde los gastos extraordinarios.
  • Que se determine la indemnización por expensas y mala calidad de la cosa, a cargo del comodante.
  • Que se determine la forma de indemnización por daños y perjuicios en caso de que el comodatario los ocasione por un uso no convenido.
  • Que se determine el derecho de retención.

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¿Cómo y ante quién se formaliza un contrato de comodato en Colombia?

Como se viene explicando, el contrato de comodato, es un contrato intuito personae (personal), es un acuerdo entre las partes, que no requiere, de ninguna solemnidad y se perfecciona con la entrega de la cosa al comodatario, por consiguiente, no es necesario acudir a ningún funcionario para legalizar dicho contrato.

¿Cuáles son los derechos y deberes de las partes?

Deberes del Comodatario:

  • Vigilar por la guarda y conservación de la cosa.
  • Limitarse al uso convenido en el contrato de comodato.
  • Pagar los gastos ordinarios para el uso y la conservación de la cosa prestada.
  • En presencia de un accidente, preservar la cosa prestada, como si de tratara de una cosa propia.
  • Restituir la cosa a la terminación del comodato, ya sea porque se cumplió el plazo o la condición convenida, o cuando termine su uso, o antes, en caso de que haya necesidad del comodante.
  • Pagar al comodante los daños y perjuicios que se causen si la cosa se emplea para un uso no convenido o perece por culpa del comodatario.

Derechos del Comodatario:

  • Usar la cosa, durante el tiempo pactado y conforme a lo convenido.
  • Derecho a recibir las indemnizaciones, siempre que haya lugar a recibirlas.
  • Derecho a ejercer la retención, siempre que se cumplan los requisitos, y el comodante no haya cancelado la indemnización por mala calidad de la cosa y expensas necesarias y urgentes.

Deberes del Comodante:

  • Permitir el uso de la cosa durante el tiempo convenido.
  • Pagar al comodatario los gastos extraordinarios realizados para la conservación de la cosa.
  • Indemnizar al comodatario del daño que le hayan podido causar los vicios de la cosa, cuando el comodante conocía su existencia o, como dice el artículo 2217 del Código Civil colombiano, “indemnizar al comodatario de los perjuicios que le haya ocasionado la mala calidad o condición del objeto prestado, siempre que ella reúna estas tres circunstancias:
  • Que haya sido de tal naturaleza que probablemente hubiese de ocasionar perjuicios; 2) Que haya sido conocida y no declarada por el comodante; 3) Que el comodatario no haya podido con mediano cuidado conocerla o precaver los perjuicios.
  • Darle al comodatario las instrucciones necesarias para el uso de la cosa” y advertirle los defectos del objeto prestado.

Derechos del Comodatario

  • Derecho a la restitución de la cosa en perfecto estado.
  • Derecho a recibir las indemnizaciones a cargo del comodatario, cuando a ello haya lugar.
  • A dar por terminado el contrato de comodato en cualquier tiempo, cuando así haya sido pactado en el contrato.

¿Se puede terminar un contrato de comodato antes del tiempo estipulado?

Si, se puede terminar el contrato de comodato antes del término del plazo pactado, en los siguientes casos:

  • Si muere el comodatario, a menos que la cosa haya sido prestada para un servicio particular que no pueda diferirse o suspenderse.
  • Si sobreviene al comodante una necesidad imprevista y urgente de la cosa.
  • Si ha terminado o no tiene lugar el servicio para el cual se ha prestado la cosa.

¿Ante quien se presenta una demanda de terminación en los contratos de comodato?

La demanda, se debe presentar ante la jurisdicción civil (juez civil), del lugar de ubicación de la cosa dada en préstamo de uso.

¿Se puede ceder?  

No, se puede ceder, el contrato de Comodato, teniendo en cuenta que una de las características de este tipo de contrato, es que el comodatario tiene la obligación de usar la cosa, exclusivamente para el uso convenido.

Lo anterior, conlleva a que, en el caso de que el comodatario lo ceda, a otra persona, automáticamente, incurre en el incumplimiento de la obligación de no darle un uso distinto a la cosa. Circunstancia que dará lugar a que el comodante, solicite inmediatamente la restitución del bien entregado en comodato.

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¿Quién debe encargarse de los costos asociados al bien?

Los gastos ordinarios, para el uso y la conservación de la cosa prestada, están a cargo del comodatario. Estos son los gastos de uso (servicios públicos, reparaciones necesarias …)

Los gastos extraordinarios, para la conservación de la cosa están a cargo del comodante. (impuestos, reparaciones de grandes obras).

¿En qué casos se puede exigir una indemnización en un contrato de comodato?

Se puede exigir indemnización en los siguientes casos:

INDEMNIZACIÓN DEL COMODATARIO POR EXPENSAS. 

El comodante es obligado a indemnizar al comodatario de las expensas que sin su previa noticia haya hecho, para la conservación de la cosa, bajo las condiciones siguientes:

1. Si las expensas no han sido de las ordinarias de conservación, es decir, las necesarias para el uso de la cosa.

2. Si han sido necesarias y urgentes, de manera que no haya sido posible consultar al comodante, y se presuma fundadamente que teniendo éste la cosa en su poder no hubiera dejado de hacerlas.

INDEMNIZACIÓN POR MALA CALIDAD DE LA COSA PRESTADA. 

El comodante es obligado a indemnizar al comodatario de los perjuicios que le haya ocasionado la mala calidad o condición del objeto prestado, con tal que la mala calidad o condición reúna estas tres circunstancias:

1. Que haya sido de tal naturaleza que probablemente hubiese de ocasionar los perjuicios.

2. Que haya sido conocida, y no declarada por el comodante.

3. Que el comodatario no haya podido, con mediano cuidado, conocerla o precaver los perjuicios.

¿Qué leyes regulan el comodato en Colombia?

En la legislación colombiana, el Comodato o préstamo de uso, esta regulado por las disposiciones normativas del Código Civil en sus artículos 2200 a 2220.

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Conclusiones y recomendaciones finales

La figura del Comodato, no, es más, que la expresión de la solidaridad y la ayuda incondicional a favor de terceros, sin recibir ningún tipo de contraprestación. De ahí la importancia, de que las personas, que sean dueñas de algún bien, y deseen usar la figura del comodato, cuenten con la debida asesoría, para que tengan claridad respecto de lo que realmente significa el comodato, en el entendido que como se viene repitiendo, el préstamo de uso, no tiene ninguna contraprestación y en cambio sí representa unas obligaciones para las partes que deciden convenir en comodato.

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  • Buenas noches,
    Les agradezco por la explicación tan clara y detallada sobre el comodato. Es fácil de entender.
    Quiero que por favor revisen en la parte de "derechos y deberes de las partes" específicamente en los derechos del comodante, aparece "derechos del comodatario" y no del comodante.
    Gracias por su atención.

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