Demandas y Procesos Ejecutivos en Colombia – 15 Tips Legales

Encuentra en el presente artículo qué es un proceso ejecutivo, qué se puede cobrar, cómo es el trámite, cómo defenderse en caso de estar demandado, cómo se encuentra regulado en el código general del proceso, en qué consiste con los alimentos y el laboral, qué es el singular y el mixto, cuáles son sus medidas cautelares, cuál es su estructura, cuáles son sus etapas, cuáles son sus clases, cuáles son sus excepciones, si es recomendable o no contratar a un abogado y, unas conclusiones y recomendaciones finales muy valiosas.

 En cortas palabras encuentra las respuestas a las dudas más frecuentes sobre el tema. 

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¿Qué es un proceso ejecutivo?

Es aquel mediante el cual, se busca cobrar una obligación que se tenga con alguien, donde el juez de la república ordenará el pago de aquella obligación cuando así lo considere pertinente y que la persona que lo solicita tenga las suficientes pruebas para poder demostrar que le incumplieron con aquella obligación; por medio de un título ejecutivo que es el documento firmado entre las partes, donde cada una se obliga a realizar o a cumplir con una obligación.

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¿Qué se puede cobrar mediante un proceso ejecutivo?

Mediante un proceso ejecutivo se puede cobrar toda obligación que sea expresa, exigible y por la cual se tenga un documento o título que respalden aquella obligación con la cual se podrá acudir ante un juez para que este pueda ejecutar la obligación y aquella deba ser cumplida. Las obligaciones que se pueden cobrar son las siguientes:

  • Por obligaciones condicionales siempre y cuando se haya cumplido la condición; estas obligaciones son las que cuentan con una condición o limitación para ser cumplidas, es decir, es un hecho futuro e incierto.
  • Por ejecución por sumas de dinero; cuando se tengan títulos ejecutivos donde se acordaron una formas de pago de cierta obligación pero que no han sido satisfechas o realizadas por quien se obligó a hacerlas. Por ejemplo como las letras de cambio, pagares, cheques, etc.
  • Por obligaciones de dar, hacer o no hacer, por perjuicios, etc. Un ejemplo de una obligación de hacer puede ser la que se obliga en un contrato de arrendamiento.

¿Cómo es el trámite del proceso ejecutivo?

El trámite es:

Se inicia con el incumplimiento de una obligación en el cual ambas partes se  obligan a cumplir con ciertas condiciones, donde se firma un título valor, en el cual se  debe estipular un cierto tipo de obligaciones.

Ante este tipo de situaciones, debe interponerse una demanda, donde se debe tener en cuenta el artículo 82 del código general del proceso, el deudor puede ser ejecutado  en caso de que se demuestre el incumplimiento de aquellas obligaciones; debe presentarse la demanda ante la oficina de reparto, la cual asignará este proceso a un juzgado civil ya sea municipal o del circuito, depende la competencia y la cuantía de aquel.   

El juez revisará el  proceso y si la contra parte no interpone una contrademanda, este emitirá la respectiva sentencia o fallo con la  cual se  resolverá y aclarará  aquella situación.

¿Cómo defenderme en caso de estar demandado?

Cuando se es demandado por este tipo de procesos; al momento de ser notificado con  aquella demanda, debe responderse esta con una contrademanda, donde se debe refutar lo estipulado en la demanda, es decir, contradecir con argumentos y pruebas los hechos y pretensiones; para realizar esto se debe contar con la asesoría y ayuda de un abogado, para que él pueda ayudarle a realizar la contrademanda y aparte de esto puede actuar como representante legal ante las audiencias que sea requerido.

¿Cómo está regulado el proceso ejecutivo en el código general del proceso?

Se encuentra estipulado la sección segunda Titulo Único desde el articulo 422 y siguientes; donde se indican que el documento por medio del cual se obligó a realizar una serie de actuaciones pero que se incumplió con aquellas, se debe levantar un proceso ejecutivo, en el cual lo que se busca es que el juez tome un decisión y determinación sobre este tipo de actos.

¿En qué consiste el proceso ejecutivo de alimentos?

El proceso Ejecutivo de alimentos, es por medio del cual lo que se hace es solicitar el cobro coactivo al progenitor del menor por aquellos alimentos que se han dejado de percibir; este proceso se adelantará ante un juez de familia competente y en caso de que emitido un fallo por el juez y el padre no responda se puede llegar hasta solicitar el embargo de los bienes con el fin de garantizar el cumplimiento de la obligación.

¿Qué es un proceso ejecutivo singular?

El proceso ejecutivo singular es aquel que se caracteriza por contar con obligaciones respaldadas con garantía personal.

En las cuales el deudor queda afecto a responder por ellas con la totalidad de su patrimonio, sin que el acreedor, pueda gozar de un derecho preferencial respecto de los demás acreedores, es decir, todos se encuentran en la misma situación de igualdad, en relación con la posibilidad de hacer valer sus créditos ante el deudor.

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¿En qué consiste el proceso ejecutivo laboral?

El proceso ejecutivo Laboral, consiste en que podrá ser exigido el cumplimiento de una relación de trabajo cuando conste mediante acto o documento que provenga del deudor o del acreedor, y que estos tengan un vínculo laboral.                                 

¿Cuáles son las medidas cautelares en los procesos ejecutivos?

Las medidas cautelares en procesos ejecutivos, son aquellas que el juez toma con el fin de poder garantizar el cumplimiento de la obligación que se pretende ejecutar. Las medidas cautelares más comunes en este tipo de procesos son, el embargo y secuestro de bienes.

Lo que se busca con la imposición de estas medidas cautelares, es que los bienes del deudor se congelen y no puedan ser enajenados, es decir, no puedan ser ni vendidos, ni donados, regalados, no pueda transferírsele el dominio a nadie, ellos quedan como garantía al pago de la deuda.

¿Cuál es la estructura del proceso ejecutivo en Colombia?

La estructura del proceso ejecutivo puede evidenciarse en la siguiente gráfica:

Fuente aquí  

¿Cuáles son las etapas del proceso ejecutivo?

Las etapas del proceso ejecutivo son:

  1. Presentación de la demanda: En esta etapa lo que se hace es solicitar inmediatamente las medidas cautelares para que se garantice la protección de la obligación; por ejemplo, la de embargar el sueldo, congelar todos los bienes para que no puedan ser enajenados, etc.
  2. El juez decide si acepta o no la demanda; y si la respuesta es sí, dicta auto o mandamiento de pago.
  • El juez puede inadmitir la demanda, porque esta no cuenta con los requisitos de ley o porque no está bien fundamentada, expresa, clara y exigible.
  • Si acepta el mandamiento de pago: normalmente el juez adopta las medidas cautelares solicitadas, entonces embarga cuentas y bienes.
  • Posteriormente se notificará al deudor personalmente, o en caso de no tener claro su lugar de domicilio, se hará mediante periódico de alta circulación.
  • Cuando ya sea notificado, el deudor debe contestar la demanda con una contrademanda donde debe controvertir las pretensiones y pruebas; el juez revisará aquella contrademanda y determinará quién tiene la razón y finalmente dictara sentencia.

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¿Cuáles son las clases del proceso ejecutivo?

Las clases de procesos ejecutivos que existe son:

Proceso Ejecutivo Singular

Las Obligaciones con garantía personal (créditos quirografarios, los cuales son préstamos a corto plazo que se realizan con el fin de poder pagar deudas y poder solventarse).

Obligaciones con garantía real (hipotecas y prendas).

Proceso Ejecutivo mixto

El acreedor con garantía prendaria o hipotecaria desea hacer efectiva totalmente la responsabilidad patrimonial del deudor.

¿Cuáles son sus excepciones?

Las excepciones que se deben tener en cuenta en un proceso ejecutivo son las siguientes:

  • Excepciones de mérito: Las cuales son un medio de defensa del demandado, se pueden presentar en la contestación de la demanda a los 10 días siguientes de que le notifiquen el mandamiento de pago; deben ser presentadas por escrito y el juez decidirá cuándo emita sentencia sobre aquellas.
  • Excepciones de pago: Estas pueden ser solicitadas cuando se trate del cobro de las obligaciones contenidas en una conciliación o una transacción. 
  • Excepciones previas: Se pueden interponer contra el mandamiento de pago y en estos procesos ejecutivos, pueden ser consideradas como recurso de reposición.

¿En qué consiste el proceso ejecutivo mixto?

El ejecutivo mixto se presenta cuando el acreedor persigue bienes distintos de los gravados con hipoteca o prenda, y se adelanta, contrario a lo que afirma la ciudadana demandante, por el procedimiento señalado para el ejecutivo singular.

¿Es recomendable contratar a un abogado?

Cuando se vaya a adelantar un proceso ejecutivo es indispensable contar con la ayuda y representación de un abogado , especialista para que pueda indicarle que requisitos se deben cumplir para poder adelantar el proceso de demanda por el incumplimiento de un título ejecutivo por parte del deudor o del acreedor. El demandado también tiene el derecho de tener un abogado para poder presentar una buena contrademanda o anexar excepciones si son necesarias o si así se desea.                                                                                                                                                          

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Conclusiones y recomendaciones finales

Para poder iniciar un proceso ejecutivo, debe existir como primera medida un incumplimiento por una de las partes de un título valor, el cual puede ser demostrado mediante pruebas pertinentes y reales, con el fin de que se pueda solucionar este tipo de inconvenientes; es importante contar con la ayuda y asesoría de un abogado el cual podrá indicarle como realizar la demanda, cuáles serán las pretensiones y hechos que debe colocar junto con las pruebas anexadas; pero cuando se trata del demandado, el abogado que contrate puede ayudarle a organizar la contrademanda o las excepciones que desee interponer o presentar.                                                                                                               

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Consultas Contestadas vía WhatsApp (Ve hasta el final para hacer la tuya) (4)

  • Buenas, en Costa Rica existe un proceso que se llama "Ejecución Provisional de sentencias", esta puede ser condenatoria de contenido patrimonial o dineraria. La cual consiste en la ejecución de una sentencia no firme. A fin realizar una comparación entre C.R y Colombia, me gustaría saber si en Colombia aplican esta modalidad y de ser así, en dónde se encuentra regulado.

  • Pueden embargar un lote de tierra por una deuda de 92000 mil firmada una letra de cambio

  • Buen día, a mi me embargaron un vehículo y esta en propiedad del banco, en este momento, ya se ordenó el avalúo y remate de este yo quiero saber si después de rematar el vehículo se da por terminado el proceso ejecutivo o si este continua. Muchas gracias y quedo atento a sus comentarios.

  • Puede una persona natural llevar un proceso ejecutivo singular?

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